Palabras clave:
Pensión de sobrevivientes, beneficiarios, hermano inválido, estado de invalidez.Resumen
El presente artículo analiza el derecho pensional reconocido a favor del hermano inválido cuando al fallecimiento de una persona pensionada no existen más beneficiarios de la sustitución pensional y este reclama dicho derecho para sí, especialmente lo que deben hacer las autoridades judiciales y administrativas cuando el estado de invalidez se ha consolidado con posterioridad al fallecimiento del pensionado o afiliado. Para el análisis se tendrán en cuenta los avances legislativos de la Ley 100 de 1993, modificada por la Ley 797 de 2003, así como la jurisprudencia de las altas Cortes.
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Citas
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